Por Redacción AGR News
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El Comité Olímpico de Puerto Rico (COPUR) evaluó el caso de las Mets de Guaynabo vs. las Criollas de Caguas y la Federación Puertorriqueña de Voleibol sobre las jugadoras de refuerzos en la Liga de Voleibol Superior Femenino (LVSF).

A esto el Comité Ejecutivo de dicha organización determinó una resolución en donde Las Mets radicó una Apelación de una determinación del Presidente de la Liga de la Federación Puertorriqueña de Voleibol ante COPUR.

Dicho Comité Ejecutivo dictó una Orden paralizando el desarrollo del Torneo de Voleibol a los fines de que todas las partes tuvieran la oportunidad de expresarse y considerar dichas posiciones.

Visto el escrito de Apelación radicado por el Equipo Las Mets de Guaynabo, así como, la comparecencia del Equipo Las Criollas de Caguas y de la LVSF, este Comité Ejecutivo declara NO HA LUGAR la Apelación por entender que la interpretación de la Federación de Voleibol las disposiciones reglamentarias es correcta a la luz del Reglamento de Torneo de la Temporada 2025 que dispone en su parte pertinente que “la utilización por cualquier equipo de menos de las tres (3) Jugadoras Refuerzo a las que tiene derecho no implica que dicho equipo ha renunciado al derecho de tenerlas y utilizarlas”.

«Se autoriza a continuar con el Torneo – Temporada 2025».

«Se exhorta a todas las partes a actuar de buena fe tomando en consideración el bienestar del deporte», afirmó la resolución.

«De igual manera, entendemos que este incidente refleja la necesidad de que la LVSF precise con mejor exactitud, las disposiciones de su Reglamento a los fines de evitar situaciones como la presente en futuros torneos», concluyó la resolución.

El licenciado Carlos J. Beltrán Svelti, Secretario General del COPUR, no participó en ningún momento en el proceso relacionado con la apelación del Equipo Las Mets de Guaynabo.

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