Por Redacción AGR News
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PONCE – Conductores en distintas zonas del país han reportado que agentes de la Policía están emitiendo multas por tener teléfonos móviles sujetos al cristal delantero mediante soportes o “stands”. Aunque esta práctica es común entre quienes utilizan GPS o aplicaciones de navegación, las autoridades alegan que puede constituir una violación a las leyes de tránsito vigentes.

¿Qué dice la ley?  

Aunque no se encontró una ley específica que prohíba explícitamente el uso de soportes para celulares en el parabrisas, el Reglamento de Tránsito de Puerto Rico establece que cualquier objeto que obstruya la visibilidad del conductor o distraiga su atención puede ser motivo de sanción. Esto incluye dispositivos electrónicos colocados en áreas que interfieran con el campo visual o el manejo seguro del vehículo.

Base legal comúnmente citada:  

  • Artículos relacionados con conducción distraída o uso de dispositivos electrónicos mientras se opera un vehículo.
  • Posible interpretación de obstrucción de visibilidad según el reglamento de seguridad vial.

¿Se puede apelar?  

Sí. Toda multa emitida por un agente de tránsito puede ser apelada ante el Tribunal de Primera Instancia. El conductor tiene derecho a presentar evidencia que demuestre que el dispositivo no interfería con la visibilidad ni representaba una distracción. Fotografías del montaje, testigos o incluso especificaciones del vehículo pueden ser útiles en el proceso.

Recomendación para conductores:

  • Evitar colocar el celular directamente en el parabrisas.
  • Usar soportes en el tablero o rejillas de ventilación que no obstruyan la vista.
  • Consultar con un abogado si la multa parece injustificada o si hay dudas sobre su legalidad.

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