Por Redacción AGR News
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El Tribunal Supremo de Puerto Rico acogió un recurso presentado por el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) contra LUMA Energy LLC, LUMA Energy ServCo LLC y la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), en un caso que podría redefinir los límites de responsabilidad de los proveedores del servicio eléctrico en la isla.

La controversia gira en torno a una cláusula del contrato entre LUMA y el gobierno que, según DACO, exime a la empresa de responder por daños a consumidores, incluso en casos de negligencia ordinaria. DACO sostiene que esta protección fue otorgada por el Negociado de Energía sin autorización legislativa, lo que representa una extralimitación de poderes.

La opinión del Tribunal, emitida por el juez asociado Candelario López, subraya que la facultad de regular el servicio eléctrico —incluyendo precios y márgenes— recae exclusivamente en la Asamblea Legislativa. “Para que no se pueda abusar del poder, es preciso que el poder detenga al poder”, cita el juez, evocando a Montesquieu.

El Supremo concedió un plazo de 15 días para que DACO presente su alegato, seguido por otro término igual para que las partes recurridas respondan. La secretaria del DACO, Valerie Rodríguez, expresó que “no se permitirá que se normalice la idea de que los consumidores carguen con pérdidas sin remedio alguno”.

Este caso, podría sentar un precedente sobre la responsabilidad de empresas subcontratadas en servicios esenciales y el alcance de las protecciones contractuales frente a derechos ciudadanos.

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