Por Redacción AGR News
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En una decisión unánime, el Tribunal Supremo de Puerto Rico declaró inconstitucional una cláusula del contrato de LUMA Energy que eximía a la empresa de responsabilidad por daños a enseres eléctricos causados por interrupciones o fluctuaciones en el servicio. La sentencia representa una victoria significativa para el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) y para los derechos de los consumidores en la isla.

La cláusula, avalada previamente por el Negociado de Energía, impedía que los ciudadanos presentaran reclamaciones contra LUMA por daños sufridos en sus hogares debido a fallas en el servicio eléctrico. Sin embargo, el Supremo determinó que el Negociado no tenía autoridad legal para limitar la responsabilidad civil de la empresa, y que al hacerlo, violó el principio de separación de poderes.

“La inmunidad concedida a LUMA no tiene fundamento legal y atenta contra los derechos fundamentales de los consumidores”, expresó el Tribunal en su fallo. La decisión reafirma que las agencias administrativas no pueden otorgar protecciones que no estén contempladas por ley.

Con esta determinación, DACO recupera su facultad para atender querellas de consumidores que hayan sufrido daños en sus propiedades a causa del servicio eléctrico. Además, se abre la puerta para que LUMA enfrente reclamaciones por pérdidas materiales, lo que podría tener implicaciones económicas y operativas para la empresa.

La sentencia ha sido celebrada por organizaciones comunitarias y defensores del consumidor como un paso hacia una mayor rendición de cuentas en el sistema energético de Puerto Rico.

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