Por Redacción AGR Radio News
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El Tribunal Federal para el Distrito de Puerto Rico concedió un interdicto provisional solicitado por la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) contra NFEnergía, LLC (NFE), ordenando a la empresa cumplir con una serie de requerimientos dirigidos a garantizar el acceso de suplidores alternos de gas natural a sus instalaciones. La determinación fue emitida por el juez federal Pedro A. Delgado Hernández.
La gobernadora Jenniffer González Colón destacó que la orden responde a la solicitud urgente presentada por su administración ante el incumplimiento en el suministro de gas natural a las unidades de generación de San Juan y la falta de información sobre la llegada de una próxima embarcación.
“Esta determinación representa un paso importante en nuestros esfuerzos para proteger la estabilidad del sistema eléctrico y defender los intereses del pueblo de Puerto Rico. No podemos permitir que la falta de suministro de combustible ponga en riesgo la generación de energía ni que se obstaculicen las alternativas disponibles para garantizar el servicio”, expresó la mandataria.
En su orden, el Tribunal concluyó que la AEE demostró una probabilidad sustancial de prevalecer en su reclamación relacionada con la activación de la cláusula 22.12.1 del contrato de suministro de gas natural, conocida como tolling agreement. Este mecanismo permite utilizar las instalaciones de NFE para recibir gas natural de terceros cuando se cumplen las condiciones contractuales.
La orden judicial establece múltiples obligaciones para la empresa, entre ellas:
– Informar en un plazo de 24 horas la cantidad de gas disponible en la embarcación Amur River, la fecha estimada en que se agotará y los detalles de la próxima embarcación, si alguna.
– Identificar qué instalaciones están disponibles para recibir, regasificar y distribuir gas natural de suplidores alternos.
– Designar un representante autorizado para coordinar las gestiones con la AEE.
– Entregar, en un término de 72 horas, los procedimientos operacionales y requisitos técnicos necesarios para permitir el uso de sus instalaciones por terceros.
– Abstenerse de realizar acuerdos o acciones que impidan o retrasen el recibo de gas natural de suplidores alternos, o de condicionar dicho acceso al pago de facturas en controversia.
El Tribunal también reconoció que una interrupción en el suministro de gas natural obligaría a operar las unidades generatrices con diésel, reduciendo su eficiencia, afectando su capacidad de generación y aumentando el riesgo de averías e interrupciones. Esa amenaza a la confiabilidad del sistema eléctrico fue considerada un daño irreparable que justifica la intervención judicial.
La orden provisional tendrá una vigencia inicial de 14 días, mientras continúan los procedimientos relacionados con el interdicto preliminar.
La gobernadora reiteró que su administración continuará vigilando el cumplimiento de la orden y trabajando con las entidades responsables del sistema energético para asegurar la disponibilidad de combustible y proteger la generación eléctrica.





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