Por Redacción AGR News
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El gobierno federal puso en marcha hoy la quinta fase del proceso de revocación de pasaportes para personas no custodias con deudas de pensión alimentaria, reduciendo el umbral a $25,000 o más, el nivel más bajo desde que comenzó la ampliación progresiva de esta iniciativa. Así lo confirmó la administradora de la Administración para el Sustento de Menores (ASUME), María del Mar Mateu Meléndez, quien destacó que esta nueva etapa podría impactar a miles de personas en Puerto Rico.
Mateu Meléndez recordó que el proceso ha avanzado con rapidez desde mayo, cuando la primera fase aplicaba únicamente a deudas superiores a $100,000. “En poco más de tres meses, el gobierno federal ha establecido cinco fases hasta reducir el umbral a $25,000. En Puerto Rico, más de 5,400 personas mantienen balances entre $25,000 y $39,999. Esto demuestra la importancia de atender los casos antes de que surjan otras consecuencias”, señaló la funcionaria, quien reiteró que los alimentantes deben verificar su balance para evitar la revocación de su pasaporte.
La ampliación del programa federal ha reducido el umbral en etapas sucesivas: primero a $75,000, luego a $50,000, posteriormente a $40,000 y ahora a $25,000. Además, las autoridades pueden considerar la suma de los atrasos de todos los casos correspondientes a una misma persona, incluso si estos se encuentran en diferentes estados. Esto significa que un alimentante puede alcanzar el umbral mediante deudas acumuladas en varios expedientes.
“El propósito de este proceso es atender el incumplimiento y asegurar que el sustento llegue a los menores que tienen derecho a recibirlo. En ASUME nuestra prioridad es orientar y hacer cumplir la ley. Esperar a que ocurra una revocación limita las opciones y añade otros procesos, por eso insistimos en actuar a tiempo”, afirmó Mateu Meléndez.
El mecanismo federal se ejecuta mediante la coordinación entre el Departamento de Estado de Estados Unidos, el Departamento federal de Salud y Servicios Humanos y la Office of Child Support Enforcement (OCSE), conforme a la Sección 452(k) de la Ley de Seguridad Social federal. Una vez el Departamento de Estado formalice la revocación, notificará a la persona afectada mediante el correo electrónico registrado o, en ausencia de este, por correo regular a la dirección incluida en su solicitud de pasaporte.





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