Por Redacción AGR Radio News
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Las trabajadoras del sector público y privado que enfrentan condiciones menstruales incapacitantes podrían recibir una licencia especial remunerada, de aprobarse el Proyecto de la Cámara 1525. La medida, presentada por la representante por acumulación Tatiana Pérez Ramírez, busca ofrecer protección laboral a aquellas empleadas cuyos síntomas ginecológicos limiten de manera temporal su desempeño en el trabajo.
De convertirse en ley, la iniciativa crearía la “Ley para la Protección de la Salud Menstrual de la Mujer Trabajadora”.
Detalles principales de la medida
- Acumulación del beneficio: La propuesta establece una licencia con paga de hasta un día por cada mes laborado, acumulándose hasta un máximo de doce días por año natural.
- Requisitos médicos: El uso del beneficio no se otorgará de forma automática ni por simples molestias menstruales. Requerirá una condición médica diagnosticada —como dismenorrea incapacitante, endometriosis, adenomiosis o fibromas uterinos sintomáticos— debidamente justificada mediante certificación médica.
- Protección contra represalias: El proyecto prohíbe terminantemente que los patronos despidan, suspendan, reduzcan el salario o tomen medidas adversas contra las trabajadoras que soliciten o utilicen este derecho. Las infracciones estarían sujetas a las penalidades de la Ley Núm. 100 de 1959.
- Alternativas de flexibilidad: La pieza legislativa contempla que, mediante acuerdo mutuo y cuando las funciones lo permitan, se puedan otorgar acomodos razonables temporales tales como teletrabajo o horarios flexibles.
Campañas de concienciación y plazos
La medida también dispone que el Departamento de Salud y la Oficina de la Procuradora de las Mujeres desarrollen campañas educativas permanentes para fomentar el diagnóstico temprano y reducir el estigma en torno a la salud menstrual.
De ser aprobada, la ley entraría en vigor a los 120 días, plazo durante el cual el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, junto al Departamento de Salud, deberá adoptar la reglamentación correspondiente para su implementación.





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